ARTICULO
DECRETO_587_24
Nº 51
DECRETO_587_24 > Art. 51
. El procedimiento de fiscalización electrónica y de consolidación de tributación, así como el procedimiento para el uso e implementación de la factura electrónica en la República Dominicana respecto del comercio internacional, serán regulados por la DGII y la DGA, según aplique, mediante Norma General. De igual manera podrá ser regulado mediante Norma General el procedimiento para la solicitud de referencias de precios para fines de compras y contrataciones públicas.