ARTICULO
DECRETO_587_24
Nº 5
DECRETO_587_24 > Art. 5
. Consulta de la fecha de implementación de la Facturación Electrónica. Los contribuyentes podrán consultar con el número del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), el grupo dentro del cual se encuentran asignados para la implementación de la facturación electrónica a través de las vías dispuestas por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).