⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_587_24 Nº 23

DECRETO_587_24 > Art. 23

. Servicios mínimos. Las personas fisicas y jurídicas que opten por ser autorizados y certificados como Proveedores de Servicios de Facturación Electrónica ante la DGII, deberán ofrecer al menos los servicios que les permita a sus clientes realizar lo siguiente:
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