⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_587_24 Nº 16

DECRETO_587_24 > Art. 16

. Validación en línea. Los e-CF remitidos a la DGII serán validados en línea mediante el Sistema Fiscal de Facturación Electrónica, conforme los esquemas publicados por la documentación técnica y normas complementarias que definen su estructura y comportamiento. La DGII responderá entregando un Número de Respuesta (trackID), con el cual el emisor del e-CF podrá consultar el estado del e-CF. <!-- --> Párrafo I. Cuando se trate de Facturas de Consumo Electrónicas menores a los RD$250,000.00, la DGII dará respuesta al estado de validación en línea, sin entrega de trackID. <!-- --> Párrafo II. El sistema informativo indicado en el artículo 19 de la Ley núm. 32-23, hace referencia al Sistema Fiscal de Facturación Electrónica.
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