ARTICULO
DECRETO_543_12
Nº 90
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.- Los peritos bajo consenso deben emitir su informe preliminar con todo lo justificativo de su actuación, luego de superado el período de subsanación de ofertas técnicas “Sobre A”, conforme lo establece el Cronograma de Actividades del Pliego de Condiciones Específicas y lo remite al Comité de Compras y Contrataciones a los fines de su revisión y aprobación.