ARTICULO
DECRETO_543_12
Nº 71
DECRETO_543_12 > Art. 71
.- La designación de los peritos para la elaboración de las Especificaciones Técnicas/Fichas Técnicas o Términos de Referencias, cuando no existan, deberá realizarla el Comité de Compras y Contrataciones, conforme a los criterios de competencia, experiencia en el área y conocimiento del mercado, bajo los lineamientos del instructivo para la selección de peritos emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas.