ARTICULO
DECRETO_543_12
Nº 69
DECRETO_543_12 > Art. 69
.- La comprobación de la omisión de los requisitos de publicidad en cualquiera de los procedimientos de selección establecidos en la ley y en el presente Reglamento, dará lugar a la cancelación o nulidad inmediata del procedimiento, cualquiera que fuere el estado de trámite en que se encuentre.
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PÁRRAFO: En el evento en que la entidad contratante no cuente con la infraestructura tecnológica y de conectividad o la misma presente dificultades de funcionamiento, deberá notificar previamente al Órgano Rector.