ARTICULO
DECRETO_543_12
Nº 67
DECRETO_543_12 > Art. 67
.- La invitación a presentar ofertas en un procedimiento de subasta inversa deberá hacerla la Entidad Contratante mediante amplia convocatoria a través del Portal Administrado por el Órgano Rector y en el portal institucional. El plazo de antelación entre el momento de efectuarse la invitación y la fecha fijada para la apertura no será inferior a cinco (5) días hábiles.
<!-- -->
PÁRRAFO: En caso de no disponerse de los medios electrónicos deberá publicarse por el término de dos (2) días consecutivos en dos (2) diarios de circulación nacional del país.