ARTICULO
DECRETO_543_12
Nº 54
DECRETO_543_12 > Art. 54
.- Calificación de participantes y oferta económica inicial. En el día señalado para el efecto, los peritos procederán a calificar las ofertas técnicas de los participantes que hubieren cumplido con las condiciones definidas en los Pliegos de Condiciones.
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PÁRRAFO I. El resultado de dicha calificación deberá constar en un acta de calificación en la que los participantes se individualizarán a través de códigos que impidan conocer su identidad. Dicha acta de calificación será puesta en conocimiento del Comité de Compras y Contrataciones, el cual de estar de acuerdo con la misma, dispondrá que los oferentes calificados presenten sus ofertas económicas iniciales a través del portal administrado por el Órgano Rector, las mismas que serán menores al presupuesto referencial. La notificación a los proveedores calificados para la presentación de las ofertas económicas iniciales se realizará a través del Portal Administrado por el Órgano Rector, sin que se dé a conocer el nombre, ni el número de oferentes calificados, ni el monto de la oferta económica inicial.
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PÁRRAFO II. Las ofertas económicas iniciales presentadas a través del Portal Administrado por el Órgano Rector, obligan al oferente a cumplir las condiciones técnicas y económicas ofertadas en el caso de resultar adjudicado, aun cuando no participare en el acto de la puja. De no cumplir con las obligaciones que le corresponden en su calidad de adjudicatario, se aplicarán las sanciones previstas en la Ley de Compras y Contrataciones.
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PÁRRAFO III. Quienes intervengan en el proceso de calificación guardarán absoluta confidencialidad y asumirán las responsabilidades que se generen en el caso de que violaren dicho principio.
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PARRAFO IV. Puja. En el día y hora señalados en la convocatoria, se realizará la puja hacia la baja a través del Portal Administrado por el Órgano Rector. La duración de la puja será establecida en los Pliegos de Condiciones y no podrá ser menor a quince (15) minutos ni mayor a sesenta (60) minutos, contados a partir de la hora establecida en la convocatoria, en atención a la complejidad del objeto del contrato y al presupuesto referencial del procedimiento. Los Pliegos de Condiciones podrán establecer que si ocurren lances dentro de los últimos minutos, se podrá alargar el tiempo de la puja por uno o más períodos determinados de tiempo.
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PÁRRAFO V. Si en el curso de una subasta dos (2) o más proponentes presentan una postura del mismo valor, se registrará únicamente la que haya sido enviada cronológicamente en primer lugar. Conforme avanza la subasta el proponente será informado por parte del Sistema o del operador tecnológico que brinda servicios de subasta, únicamente de la recepción de su lance y de la confirmación de su valor, así como del orden en que se ubica su propuesta, sin perjuicio de la confidencialidad que se mantendrá sobre la identidad de los proponentes. En ningún caso se hará público el valor de las ofertas durante el desarrollo de la subasta.
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PÁRRAFO VI. Si en el curso de una subasta electrónica inversa se presentaren fallas técnicas imputables a la Entidad Contratante, que impidan que los proponentes envíen sus propuestas o que las mismas se reciban en tiempo real, la subasta será cancelada y deberá reiniciarse el proceso. Si por causas imputables al proponente o a su proveedor de servicio de Internet, aquél pierde conexión con la aplicación, no se cancelará la subasta y se entenderá que el proveedor desconectado ha desistido de participar en la misma, salvo que logre volver a conectarse antes de la terminación del evento.
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PÁRRAFO VIII. La Entidad Contratante deberá contar con al menos una línea telefónica abierta de disponibilidad exclusiva para el certamen que prestará auxilio técnico a lo largo de la subasta para informar a los proponentes sobre aspectos relacionados con el curso de la misma.