⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_543_12 Nº 23

DECRETO_543_12 > Art. 23

.- Las personas físicas o jurídicas extranjeras que no cumplan con los requerimientos necesarios para obtener el Registro de Proveedores del Estado, serán retiradas del proceso, sin más trámite, sin perjuicio de las disposiciones establecidas en el Artículo 16 del presente Reglamento.
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