ARTICULO
DECRETO_543_12
Nº 106
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- La orden de compra deberá ajustarse en su forma y contenido al modelo estándar que determine la Dirección General de Contrataciones Públicas y deberá contener las estipulaciones básicas de la contratación.
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PÁRRAFO: El contrato/orden de compra/ orden de servicio deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos Pliegos de Condiciones
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Específicas/Especificaciones Técnicas o Términos de Referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, desde la fecha de notificación de la adjudicación.