⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_543_12 Nº 103

DECRETO_543_12 > Art. 103

- La Entidad Contratante no podrá adjudicar una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en los Pliegos de Condiciones Específicas/Especificaciones Técnicas y Términos de Referencia. <!-- --> PÁRRAFO. No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las entidades contratantes.
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