⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_539_05 Nº 8

DECRETO_539_05 > Art. 8

.- Se establece por medio del presente reglamento que la Presidencia del Consejo de Coordinación será asumida automáticamente por el Director General de Desarrollo Fronterizo, creada mediante Decreto No. 443-00, del 16 de agosto del 2000, como entidad adscrita al Poder Ejecutivo. Igualmente queda establecido que el Director Ejecutivo de la Oficina Técnica, creada mediante el presente reglamento, asumirá las funciones de Secretario del Consejo de Coordinación.
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