ARTICULO
DECRETO_539_05
Nº 4
DECRETO_539_05 > Art. 4
.- Para acordar los beneficios e incentivos previstos por la Ley No. 28-01 se otorgará trato preferencial a los proyectos y empresas que se orienten hacia el desarrollo integral de la Región Fronteriza, especialmente aquellos orientados hacia el aumento del comercio y la producción.
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PARRAFO. - El Estado Dominicano, a través de las instituciones y organismos
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que considere convenientes, establecerá los mecanismos necesarios para atender a los requerimientos financieros relacionados con la promoción de las empresas beneficiadas por la ley.