⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_539_05 Nº 38

DECRETO_539_05 > Art. 38

.- Toda persona física o moral beneficiaria de los incentivos <!-- --> establecidos en la Ley No.28-01, del 1ro. de febrero del año 2001, modificada por la Ley No. 236- 05, del 19 de mayo del 2005, que recurriere a engaño o fraude para obtener dichos incentivos o que desviare engañosamente el uso para el cual se le hubiese concedido las exenciones, será sometido a la justicia penal para que reciba la sanción correspondiente. Asimismo, será responsable del pago de los derechos e impuestos correspondientes, sin perjuicio de cualesquiera otras persecuciones judiciales que sean de lugar.
Ver toda la ley 💬 Preguntar sobre esto