⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_539_05 Nº 33

DECRETO_539_05 > Art. 33

.- La Dirección Ejecutiva desestimará la tramitación de los recursos <!-- --> a que se refiere el artículo precedente cuando las mismas no se funden en datos concretos sobre la legalidad e improcedencia de la clasificación solicitada y tendrá que decidir en un periodo de los cinco (5) días contados a partir de la recepción de dicha solicitud.
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