ARTICULO
DECRETO_539_05
Nº 3
DECRETO_539_05 > Art. 3
.- A los fines del otorgamiento de los beneficios y concesiones
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establecidos por la Ley No. 28-01, del 1ro. de febrero del 2001 y el presente reglamento, serán considerados todos los proyectos y empresas ubicados dentro de los límites de cualquiera de las siguientes provincias: Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco.