ARTICULO
DECRETO_539_05
Nº 22
DECRETO_539_05 > Art. 22
.- Toda persona física o moral, que desee acogerse a los
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beneficios de esta ley, presentará su solicitud de clasificación a la Dirección Ejecutiva de la Oficina Técnica. El expediente deberá estar acompañado de los siguientes documentos: