ARTICULO
DECRETO_539_05
Nº 14
DECRETO_539_05 > Art. 14
.- Se establece que la Dirección Ejecutiva de la Oficina Técnica,
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creada mediante el presente reglamento, será el órgano encargado de recibir y tramitar las solicitudes de proyectos y empresas interesadas en acogerse a los beneficios de la ley y de someterlos al Consejo de Coordinación para su consideración.