ARTICULO
DECRETO_451_08
Nº 14
DECRETO_451_08 > Art. 14
.- El no envío oportuno a la DGII del Libro Diario de Ventas constituye la falta tributaria consagrada en el Numeral 3 del Artículo 205 de la Ley 11-92, del 16 de mayo de 1992, que instituye el Código Tributario de la República Dominicana, sancionada según lo previsto en el Artículo 257 de dicho Código.