ARTICULO
DECRETO_254_06
Nº 28
DECRETO_254_06 > Art. 28
. Reporte de informaciones de comprobantes fiscales. Los contribuyentes deberán adjuntar a sus declaraciones juradas anuales del Impuesto Sobre la Renta, un reporte, en los medios que la Dirección General de Impuestos Internos establezca, con los datos de los comprobantes fiscales de todos los tipos establecidos en el Artículo 4 del presente reglamento. Asimismo adjuntará a su declaración jurada mensual del ITBIS los datos relativos a los comprobantes fiscales utilizados como adelantos o créditos de ITBIS en cada periodo.