ARTICULO
DECRETO_152_01
Nº 3
DECRETO_152_01 > Art. 3
. Mediante aviso publicado en un periódico de circulación nacional u otro medio de difusión masiva, la DGII dará a conocer los números de facturas por el mismo medio, las regulaciones a que estarán sujetos los sorteos, así como los premios que serán sorteados en el mismo. Los sorteos podrán ser televisados y adicionalmente deberá darse a conocer públicamente los ganadores de los premios sorteados, así como las condiciones y la fecha de reclamación y entrega de los mismos.