ARTICULO
DECRETO_152_01
Nº 13
DECRETO_152_01 > Art. 13
. El primer sorteo deberá realizarse en un plazo de un mes a partir de la fecha de emisión del presente decreto.
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Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de Enero del año Dos Mil Uno, años 157 de la Independencia y 138 de la Restauración.