ARTICULO
DECRETO_152_01
Nº 12
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. En los sorteos de que trata este Reglamento, las facturas que resulten ganadoras serán publicadas en un periódico de amplia circulación nacional u otro medio de difusión masiva. El ganador de un premio tendrá un plazo de un mes a partir de la fecha de celebración del sorteo para reclamar su premio.