LISTA
DECRETO_1520_04
Nº -
DECRETO_1520_04 > Lista nivel 1: -)
e) Si los bienes han sido adquiridos en pago de servicios, el costo fiscal de adquisición de ellos será el valor estipulado en el respectivo contrato y, a falta de éste, el valor de mercado de los bienes dados en pago, ajustado por inflación hasta el 30 de septiembre del 2004 y, a partir de los cierres fiscales posteriores al 30 de septiembre del año 2004, la proporción establecida en el Artículo 99 de este Reglamento.”
“ARTICULO 97.- Ajuste por inflación.
A los efectos del Artículo 327 del Código, los términos y conceptos que se indican a continuación tienen el siguiente significado:
Inflación: es el proceso sostenido de pérdida de poder adquisitivo de la moneda. La inflación afecta la unidad de valoración patrimonial; en tal sentido se afectan todas las cuentas que componen el patrimonio.
Partidas Monetarias: son aquellas que por su naturaleza, por ley o por contrato representan una suma fija de dinero. Se caracterizan porque pierden valor en el proceso inflacionario y no requieren ajustes. Todos los pasivos son en principio partidas monetarias. Se exceptúan los que se derivan de leyes o contratos que especifiquen lo contrario.
Partidas No Monetarias: son aquellas que aumentan de valor con relación al signo monetario en el proceso inflacionario y requieren ajustes para indicar su valor a la fecha en que se presentan los estados financieros.
Ajuste por inflación: es la corrección a las partidas no monetarias para actualizar su valor por los efectos de la inflación a la fecha de cierre del año fiscal. Para realizar este ajuste se utilizará el multiplicador que regirá para las fechas de cierre previstas en el artículo 300 del Código, el cual será publicado por la administración, en base al índice de los precios al consumidor del Banco Central.
Participación Neta en el Capital de un Negocio: es la diferencia de los saldos netos de las bases fiscales de activos y pasivos del negocio al inicio del período fiscal, que en lo adelante se llamará Patrimonio Fiscal.
Cantidad de Ajuste: es el resultado de la aplicación de la tasa de inflación sobre la participación neta en el capital de un negocio para el año fiscal correspondiente, que en lo adelante se llamará Ajuste Fiscal Patrimonial.”.
“ARTICULO 98.- Determinación de Patrimonio Fiscal:
Determinación del Saldo de Activos Fiscales: El saldo de activos fiscales de un negocio, lo constituye la suma total de las partidas monetarias y no monetarias del activo del negocio. Esta determinación se efectuará sin considerar las siguientes partidas: