⚖️ Legisla v7

ARTICULO CODIGO_COMERCIO Nº 634

CODIGO_COMERCIO > Art. 634

- Conoceráisimísmolos tribunales de comercio de las acciones contra los factores, dependientes de los comerciantes o sus servidores, por causa únicamente del tráfico del comerciante al que están ligados; de los billetes hechos por receptores, pagadores, perceptores u otros cuentadantes de los fondos públicos.
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