⚖️ Legisla v7

ARTICULO CODIGO_COMERCIO Nº 313

CODIGO_COMERCIO > Art. 313

- Todo contrato de préstamo a la gruesa podrá negociarse por endoso, si estuviere a la orden. En este caso, la negociación de ese documento tendrá los mismos efectos y producirá las mismas acciones de responsabilidad, que la de los demás valores de comercio.
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