⚖️ Legisla v7

ARTICULO CODIGO_COMERCIO Nº 100

CODIGO_COMERCIO > Art. 100

- La mercancía que ha salido del almacén del vendedor o del expedidor, viaja, si no hay pacto en contrario, de cuenta y riesgo de aquel a quien pertenece, salvo su recurso contra el comisionista y el porteador encargados del transporte.
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