⚖️ Legisla v7

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LEY_11_92 TABLA_FILA
LEY_11_92 > Tabla 01 (ref. 343): Tabla 01 > Otros Insumos o Bienes de Capital Agropecuarios
8434 90 00: Partes para máquinas y aparatos de la industria lechera
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LEY_11_92 > Tabla 01 (ref. 343): Tabla 01 > Otros Insumos o Bienes de Capital Agropecuarios
9406 00 40: Invernaderos de sarán (policloruro de vinilideno) para uso agrícola
LEY_11_92 > Tabla 01 (ref. 343): Tabla 01 > Otros Insumos o Bienes de Capital Agropecuarios
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LEY_11_92 > Tabla 01 (ref. 343): Tabla 01 > Libros y Revistas
4902 90 00: Las demás publicaciones periódicas, siempre que sean de contenido científico, didáctico y educativo
LEY_11_92 > Tabla 01 (ref. 343): Tabla 01 > Libros y Revistas
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LEY_11_92 > Tabla 03 (ref. 345): Tasas por año a partir > Grasas Animales o Vegetales Comestibles
1515 29 00: Los demás aceite de maíz y sus fracciones
LEY_11_92 > Tabla 03 (ref. 345): Tasas por año a partir > Grasas Animales o Vegetales Comestibles
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LEY_11_92 > Tabla 03 (ref. 345): Tasas por año a partir > Cacao y Chocolate
1805 00 00: Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante.
LEY_11_92 > Tabla 03 (ref. 345): Tasas por año a partir > Cacao y Chocolate
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LEY_11_92 > Tabla 03 (ref. 345): Tasas por año a partir > Cacao y Chocolate
1806 10 00: Cacao en polvo con adición de azúcar u otro edulcorante
LEY_11_92 > Tabla 03 (ref. 345): Tasas por año a partir > Cacao y Chocolate
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LEY_11_92 > Tabla 04 (ref. 375):
8521: Aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido (videos), incluso con receptor de señales de imagen y sonido incorporado.
LEY_11_92 > Tabla 04 (ref. 375):
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LEY_11_92 > Tabla 04 (ref. 375):
8527 91 10: Los demás aparatos receptores de radiodifusión combinados con grabador o reproductor de sonido por sistema óptico de lectura
LEY_11_92 > Tabla 04 (ref. 375):
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LEY_11_92 TABLA_FILA
LEY_11_92 > Tabla 05 (ref. 375): Monto Específico RD$ A partir de 2017
2208 20 91: Aguardiente de vino (por ejemplo coñac y otros brandys de vino)
LEY_11_92 > Tabla 05 (ref. 375): Monto Específico RD$ A partir de 2017
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LEY_11_92 > Art. 38
Consultas.** La Administración Tributaria podrá ser consultada, por quien tuviese un interés personal y directo, sobre la aplicación de la ley a una situación concreta.
LEY_11_92 > Art. 38
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LEY_11_92 > H1-1 > H2-1 > CAPITULO VIII - DE LAS ACTUACIONES Y NOTIFICACIONES DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA
CAPITULO VIII - DE LAS ACTUACIONES Y NOTIFICACIONES DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA
LEY_11_92 > H1-1 > H2-1 > CAPITULO VIII - DE LAS ACTUACIONES Y NOTIFICACIONES DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA
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LEY_11_92 ARTICULO
LEY_11_92 > Art. 193
El representante del Ministerio Público una vez apoderado dictará mandamiento de conducencia o arresto, pudiendo suspenderlos si del interrogatorio que haga se desprenden motivos justificados.
LEY_11_92 > Art. 193
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LEY_11_92 > Art. 244
La falsedad en las declaraciones que de acuerdo con las disposiciones de este Código se presten bajo juramento, se sancionará como delito común de perjurio.
LEY_11_92 > Art. 244
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LEY_11_92 > Lista nivel 1: -)
- VIII. Cuentas Conjuntas de Activos. Estas disposiciones se aplicarán a las cuentas conjuntas de bienes depreciables incluidos únicamente en las categorías 2 y 3.
LEY_11_92 > Lista nivel 1: -)
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LEY_11_92 LISTA
LEY_11_92 > Lista nivel 1: 2)
2. 1. Cualquier cantidad gastada durante el año fiscal para reparar los bienes en dicha cuenta, será permitida como deducción para ese año.
LEY_11_92 > Lista nivel 1: 2)
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LEY_11_92 > Art. 378
Los productos del alcohol y del tabaco producidos en un centro de producción controlado bajo fianza, podrán ser removidos previo cumplimiento de los requisitos siguientes:
LEY_11_92 > Art. 378
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LEY_11_92 ARTICULO
LEY_11_92 > Art. 410
(Renumerado por el Artículo 20 de la Ley 557-05 de fecha 13 de diciembre del año 2005).** Quedan derogadas además, las siguientes disposiciones legales:
LEY_11_92 > Art. 410
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LEY_11_92 > Lista nivel 1: -)
Los artículos 7, 11, 15 y 16, de la ley No. 859, de fecha 13 de marzo de 1935, de Impuestos a los Fósforos;
LEY_11_92 > Lista nivel 1: -)
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LEY_11_92 > Tabla 01 (ref. 343): Tabla 01 > Legumbres, Hortalizas, Tubérculos sin procesar de Consumo Masivo
07 13: Hortalizas de vaina secas, desvainadas, aunque estén mondadas o partidas
LEY_11_92 > Tabla 01 (ref. 343): Tabla 01 > Legumbres, Hortalizas, Tubérculos sin procesar de Consumo Masivo
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LEY_11_92 > Tabla 01 (ref. 343): Tabla 01 > Alimentos Infantiles, Pastas, Pan.
1902 11 00: Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma, que contengan huevo
LEY_11_92 > Tabla 01 (ref. 343): Tabla 01 > Alimentos Infantiles, Pastas, Pan.
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